Nuestros servicios

Asesoramiento financiero

Proporcionamos al órgano de contratación el asesoramiento que elimina la asimetría de información económica que tiene con los contratistas y le permite conocer su auténtica capacidad financiera y de los costes de producción en la ejecución de los contratos.

Consultoría

Para determinar un precio justo y razonable del contrato apoyando en la negociación, sobre la base de la información obtenida del análisis de los costes estimados de las ofertas. Evaluando el equilibrio económico del contrato en los de concesión y el «coste del ciclo de vida» cuando sea el criterio elegido para la adjudicación.

Auditoría de contrato

Proporcionamos certidumbre y la confianza de pagar un precio justo y razonable en las adquisiciones de prestaciones complejas. Particularmente, las compras negociadas en procedimientos de diálogo competitivo y la asociación para la innovación

Nuestra propuesta de valor en las fases de la contratación

En las consultas preliminares del mercado

  • Solicitud de información económica y financiera a los interesados en la licitación.
  • Análisis de la información para evaluar capacidades financieras reales de los agentes económicos y/o su disposición para obtenerla a tiempo.
  • Evaluación del riesgo financiero y de control interno de los agentes económicos interesados en la licitación.
  • Requerimiento de la declaración de sistemas y procedimientos a los agentes económicos candidatos.

En la preparación de la licitación

  • Revisión del sistema contable y demás sistemas, políticas y procedimientos de gestión.
  • Revisión de los procedimientos de control interno y de las políticas para la protección de los activos.
  • Revisión del cumplimiento con la norma de costes que será requerida en el contrato.
  • Análisis de la estructura de capital y necesidades de financiación.
  • Evaluación de la integridad de los sistemas informáticos que soportan la planificación de recursos empresariales.
  • Evaluación de la integridad de los sistemas informáticos que soportan la gestión de los materiales para la producción.

En la licitación y negociación del contrato

  • Preparación de los aspectos económicos de la negociación del contrato y posición negociadora del órgano de contratación.
  • Redacción de las cláusulas que regirán en los pliegos referidas a las normas de costes, admisibilidad y auditoría de contratos.
  • Formulación del modelo en que se presentarán la ofertas económicas, basado en los costes admisibles.
  • Diseño de los criterios objetivos para valorar las ofertas económicas recibidas.
  • Apoyo a la mesa de contratación para el análisis de precios de las ofertas.
  • Determinación y calificación de los costes de las ofertas: «sin salvedades», «no soportados o cuestionados» y/o «sin resolver».
  • Evaluación de la oferta económicamente más ventajosa con base en los costes evaluados y que mejor relación coste-eficacia tiene con base en el «coste del ciclo de vida».

En la ejecución y liquidación del contrato

  • Evaluación del cumplimiento de las reglas contables de los licitadores para la asignación de costes al contrato.
  • Evaluación de las tarifas horarias y los recargos de gestión de materiales aplicables al contrato.
  • Evaluación, si es aplicable, del recargo financiero ("facilities capital cost of money" FCCoM).
  • Evaluación de la metodología para el cálculo del beneficio y la tasa de retorno aplicable en los contratos.
  • Evaluación de los «acuerdos en los procedimientos».
  • Auditoría de costes incurridos. Contol de la información contable y del proceso de producción para determinar el coste admisible y el precio final del contrato.

Y, además, ... estos otros servicios

En concesiones de obras y de servicios

Asesoramos a los órganos de contratación para cumplir con lo establecido en el artículo 333 de la Ley 9/2017, por la se establece que, con carácter previo a estas contrataciones –en algunas de ellas, no en todas–, se debe analizar "la sostenibilidad financiera de los contratos de concesiones de obras y contratos de concesión de servicios públicos" (ecuación de la concesión), por lo que se debe evaluar la razonabilidad de las previsiones financieras –de aquí que se requiera documentación para analizar la viabilidad comercial y financiera del proyecto– en cuanto:

  • la rentabilidad calculada del proyecto concesional,
  • el valor de la inversión inicial,
  • los flujos de caja esperados, incluidas las ayudas otorgadas en función del riesgo de demanda que asuma el concesionario, y
  • la tasa de descuento “razonable”, que debería ser establecida en función del coste de capital para financiarse –Coste Medio Ponderado de Capital (CMPC) o WACC «Weighted Average Cost of Capital»–.

En resumen, el análisis que debe contener el estudio de viabilidad de la concesión establecido en el art. 247.2 j) de la Ley 9/2017.

 

También prestamos nuestro asesoramiento en la realización de las cláusulas contractuales relativas a los aspectos económicos y financieros de la concesión, así como el análisis, con el consecuente informe experto e independiente, de la rotura del equilibrio económico de la concesión, adaptado a los requerimientos del art. 34.4 del RD-ley 8/2020 de medidas en materia de contratación pública para paliar las consecuencias del COVID-19.

 

En revisión de precios

Asesoramos a los órganos de contratación, cuando deban determinar una fórmula de revisión específica para el expediente que estén tramitando y puedan cumplir con eficacia los requisitos establecidos en el régimen del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, sobre la revisión de precios periódica y predeterminada, en cuanto a:

  • la determinación de la estructura de costes del contrato, los elementos de coste que lo componen, y su justificación requerida en la memoria (conforme al principio de eficiencia y buena gestión empresarial),
  • la determinación del periodo de "recuperación" de la inversión,
  • el establecimiento, cuando proceda, de una fórmula de revisión periódica y predeterminada,
  • la revisión de la contabilidad de costes del agente económico adjudicatario, y
  • la evaluación de la información recibida de los operadores económicos para elaborar la propuesta de la estructura de costes de la activiadad

 

Coste del ciclo de vida (CCV)

Análisis y evaluación del «coste del ciclo de vida», para cumplir lo establecido en artículo 146.3 de la Ley 9/2017.

 

Cuando los órganos de contratación evalúen los costes mediante un planteamiento basado en el cálculo del coste del ciclo de vida, les asesoramos para que indiquen en los pliegos y puedan analizar:

  • Los datos de costes que deben facilitar los licitadores en su oferta, mediante la certificación de sus estimaciones de coste y acompañamiento de la información de apoyo que soporta su realidad, actualidad y exactitud de las previsiones.
  • La norma de costes aplicable al cálculo del coste del ciclo de vida y que tendrán que aplicar a sus estimaciones de coste que formulen en la oferta.
  • La metodología, basada en la fórmula del valor actual, que se utilizará para determinar el coste del ciclo de vida y su estimación sobre la base de dichos datos.

En las funciones de «responsable del contrato»

Aceptamos el encargo del órgano de contratación para asumir las responsabilidades y cumplir con las funciones establecidas para el «respondable del contrato» en el  62 de la Ley 9/2017. Entre otras, las que consisten en:

  • Desarrollar y aplicar procedimientos para asegurar la calidad del contrato;
  • Realizar las acciones necesarias para verificar que los suministros y servicios cumplen los requisitos de calidad del contrato;
  • Mantener una labor de inspección del contrato;
  • Combatir el fraude, el favoritismo y la corrupción, y prevenir, detectar y solucionar los conflictos de intereses;
  • Comprobar que el contratista principal realiza los pagos de sus deudas a sus suministradores y subcontratistas, sin abusar de ellos; y
  • Realizar cualquier otra responsabilidad encargada por el órgano de contratación.

Contratos de servicios con duración excepcional superior a cinco años

Redacción del informe justificativo del expediente del contrato cuando exija una duración excepcional por ser el período de recuperación de las inversiones directamente relacionadas con su ejecución superior a cinco años. Para soportar las conclusiones, realizaremos las sigientes evaluaciones sobre el contratista:

  • El destino de las inversiones en activos fijos involucradas en el contrato.
  • La posibilidad de su utilización en el resto de la actividad productiva del contratista.
  • Disposición para la venta de los activos.
  • Estructura de costes del contratista y materialidad de la amortización de dichas inversiones en el coste de producción del servicio.
  • Periodo de recuperación de la inversión.

 

En tanto no sea aprobado por desarrollo reglamentario el concepto, asitiremos al órgano de contratación para determinar el «coste relevante» de la amortización en la estructura de costes del contrato.

 

En los contratos de servicios cuyo objeto sea el mantenimiento del bien adquirido y este deba ser prestado por razones de exclusividad por el contratista, asistiremos al órgano de contratación en la determinación del periodo de vida útil del bien adquirido.

Desglose de costes en el presupuesto base de licitación y el valor estimado

Apoyamos a los órganos de contratación en el cumplimiento de lo establecido en los artículos 100 y 101 de la LCSP (Ley 9/2017) en cuanto al desglose, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, de los costes del presupuesto base de licitación y su desagregación en el cálculo del valor estimado del contrato, utilizando para ello una metodología propia basada en los siguientes procedimientos:

  • «Método directo» que está soportado en la información obtenida en las consultas preliminares del mercado que se hubieran realizado y en los requerimientos técnicos de la prestación del contrato.
  • «Método indirecto» que está soportado por datos estadísticos del sector en el que operan los potenciales agentes económicos que puedan concurrir a la licitación, y que son proporcionados por entidades independientes de reconocido prestigio y solvencia.

 

Adicionalmente, también evaluamos los medios de la solvencia económica y financiera que hayan de requerirse en la licitación y realizamos la estimación de los criterios que deban ser utilizados. 

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